Certificado de Eficiencia Energética (CEE)

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Los certificados energéticos son obligatorios desde el 1 de junio de 2014 por la aprobación del Real decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

Este reglamento obliga a todas las viviendas en venta o alquiler en España, a tener un certificado de eficiencia energética. En caso de no poseer este certificado, será motivo de sanción.

¿Qué es un certificado energético de edificios, viviendas y locales?

Un certificado de eficiencia energética (CEE) es un documento que refleja lo eficiente que es la energía en su vivienda o local comercial.

Establece el consumo de energía necesario para satisfacer la demanda energética de un edificio en condiciones normales de funcionamiento y ocupación y contendrá una serie de recomendaciones y mejoras para reducir su coste y gasto de energía.

Estas mejoras no será obligatorio hacerlas, pero si conviene tenerlas en cuenta para que el inmueble consuma menos energía y, por tanto, poder reducir el importe de las facturas de luz, agua y gas.

El certificado energético será valorado en relación con una escala A-G de colores (siendo A el más eficiente y G el de menor eficiencia).

¿Qué tiempo de validez tienen los certificados energéticos?

El certificado tiene un tiempo de validez de 10 años y por tanto el propietario no necesita obtener otro en este período. Salvo que haya cambios o reformas importantes en la vivienda (cambio en las instalaciones, añadir aislamientos térmicos en fachadas o cubiertas, eliminación de puentes térmicos, sustitución de ventanas por otras más eficientes).

¿Qué datos contiene un CEE?

El certificado de eficiencia energética constará principalmente de los siguientes datos:

  • Situación de la vivienda
  • Características de las fachadas
  • Orientación de la vivienda.
  • Dimensiones de los vacíos
  • Sombras que tiene el edificio
  • Tipo de instalaciones existentes (calefacción, climatización, calderas, iluminación, etc.)

Los certificados energéticos darán información sobre el uso de la energía en su propiedad y las emisiones de dióxido de carbono asociadas. Se indicarán soluciones aplicables a la eficiencia energética, medidas de ahorro energético, rehabilitación, arquitectura bioclimática y patologías, para optimizar su uso de la energía, reducir costes y emisiones.

¿Quién hace los certificados energéticos?

Será realizado por técnico competente, ya sea arquitecto o arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico.
No es necesario el visado del certificado de eficiencia energética.

¿En qué consiste la visita?

Se tomarán medidas de las distintas prendas de la vivienda. Asimismo, se medirán las ventanas, así como el porcentaje de vidrio que presentan. Las características de las ventanas (madera, aluminio, hierro, con o sin rotura de puente térmico) también deben tenerse en cuenta.

Se tendrá en cuenta también la orientación de la vivienda, así como las sombras que pueden afectar tanto a las diferentes fachadas como los cerramientos y posibles voladizos que puedan tener.

Otras características a anotar pueden ser los espesores de las fachadas, para saber si tienen una o dos hojas, así como los revestimientos.

Por último se tomarán datos de las características de las diferentes instalaciones, sobre todo las calderas, ya sean a gas, eléctricas, de butano, etc. y los aparatos de aire acondicionado, tanto para agua caliente sanitaria como para calefacción o climatización, anotando las distintas potencias caloríficas y frigoríficas.

Registro de los certificados energéticos?

Los certificados energéticos en la Comunitat Valenciana deben registrarse en el Registro de Certificación de Eficiencia Energética de Edificios.

El propietario del inmueble es el encargado del trámite, debiendo disponer de certificado digital expedido por la Generalitat Valenciana o por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Si no dispone, el promotor puede delegarlo en el técnico que haya realizado el certificado mediante una autorización que deberá adjuntarse en el proceso.

Las tasas a pagar por realizar este trámite serán:

  • Viviendas unifamiliares o individuales: 10 euros
  • Edificios de viviendas: 20 euros + 3 euros/vivienda (con un máximo de 400 euros)
  • Viviendas: actualización del certificado/modificación sustancial del registro, 5 euros
  • Sector terciario: 10€ + 0,10€/m2 (con un máximo de 500€). La superficie es la superficie de referencia utilizada por el técnico en el certificado energético.
  • Sector terciario: actualización del certificado: 5 euros + 0,05 por m2, con un máximo de 100 euros.

¿Cuánto vale un certificado energético de una vivienda o local?

El coste de un certificado de energía variará según las dimensiones de la propiedad.

Nuestro objetivo es proporcionar un servicio profesional y sencillo. Ofrecemos certificados energéticos a un precio competitivo, con descuentos e incentivos para grupos de viviendas y blogs.

Utilizando las herramientas y software específico, dando servicio y adaptándonos a las necesidades y características de cada cliente, ya sean empresas, inmobiliarias, bancos o comunidades de vecinos,

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